Traslado de residuos peligrosos:
Solicitud de admisión.– El productor del residuo, antes de su traslado desde el lugar de origen hasta la instalación de gestión, tiene que disponer de un compromiso documental de aceptación por parte del gestor (DA).
Contestación a la solicitud de admisión.- En el caso de admisión de los residuos, el gestor, en el plazo máximo de un mes, a partir de la recepción de la correspondiente solicitud, deberá manifestar documentalmente la aceptación y los términos de ésta. En el caso de no admisión, el gestor, en el mismo plazo, comunicará al productor las razones de su decisión.
Preaviso.- El productor o gestor intermedio que se proponga ceder residuos peligrosos le deberá remitir, por lo menos con diez días de antelación a la fecha de envío, al órgano medio ambiental de la comunidad autónoma en la que nos encontremos, una notificación previa de traslado (NPT).
El Transportista / Gestor autorizado recogerá el residuo.
Formalización del documento de traslado.– Tanto el productor como el transportista y el destinatario intervendrán en la formalización del documento de control y seguimiento (DCS) en la parte que a cada uno de ellos corresponde en función de las actividades que realicen.
El remitente, productor o gestor intermedio, se queda con la copia correspondiente del (DCS) y envía otra copia al órgano ambiental de la comunidad autónoma de expedición (origen).
El destinatario se queda con la copia correspondiente del (DCS) y envía otra copia al órgano ambiental de la comunidad autónoma de destino (en el caso de que el traslado se de entre comunidades autónomas).
Se mantendrá copia en expediente (5 años).
Para los residuos no peligrosos el procedimiento es el siguiente:
Solicitud de admisión.- El productor del residuo, antes de su traslado desde el lugar de origen hasta la instalación de gestión, tiene que disponer de un compromiso documental de aceptación por parte del gestor (DA).
DA Documento de aceptación de residuos no peligrosos.
DSC Documento de seguimiento y control. Es el documento en el que se plasman los datos de cada traslado de un residuo. El DSC lo realiza el Productor, donde introduce los datos del residuo y del traslado. Posteriormente, lo completa o responde el Gestor con las cantidades reales recibidas/aceptadas.
Entrega de copia al gestor autorizado.
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